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Asesoria Legal Bares: Licencias de apertura y Licencias de actividad


El asesoramiento Legal a Bares, restaurantes, cafeterías y en general a todo el ramo de la hosteleria, se centra en todo lo relativo al ámbito relacionado con las prohibiciones, licencias, etc., tales como cumplimiento o incumplimiento de la Ley antitabaco, horario de cierre, denegación de Licencias o incluso asesoramiento sobre traspaso de locales de negocio donde se ejercerá esa actividad.

LICENCIA DE ACTIVIDAD

Las edificaciones en las cuales se encuentren establecimientos mercantiles o industriales o en las que se desarrollen actividades que pueden resultar molestas, peligrosas, insalubres o nocivas (en general, clasificadas), requieren obtener una licencia específica como es la licencia de actividad. Con ella, la Administración somete a su control si la localización de la actividad en cuestión es adecuada conforme a la normativa y el planeamiento urbanísticos.

La licencia de actividad es independiente de otras licencias, como la de obras, la de primera ocupación, etc., y su obtención no presupone el otorgamiento de éstas, hasta el punto de que puede concederse la licencia de actividad sin previa licencia de primera ocupación e incluso sin estar finalizado el edificio; si bien, según el art. 22.3 Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, no se concederá licencia de obras sin el otorgamiento de la licencia de apertura.

LOS ARRENDAMIENTOS LOCALES NEGOCIO

Los contratos de arrendamiento de edificaciones destinadas a un uso distinto del de satisfacer las necesidades permanentes de vivienda del inquilino o su familia, tendrán la consideración de arrendamiento para usos distintos del de vivienda artículo.3.2 LAU.

En dicho artículo se hace una referencia expresa a las actividades artesanales dentro del listado de actividades que, a título de ejemplo, menciona como arrendamientos para uso distinto al de vivienda.

Lo fundamental en este arrendamiento es que las partes contratantes han de haber celebrado el contrato de arrendamiento de local de negocio con la idea de destinar éste a taller o industria y no como tienda, almacén o depósito.


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